Escala Salarial Empleados de Comercio Cajeros
Publicado por admin - 30/08/2011 a las 01:13:22
ULTIMO MOMENTO: Forma de Calculo de la Suma No Remunerativa 2011 Comercio
El Convenio Colectivo de Trabajo que regula a la actividad de Comercio es el CCT 130/75. El mismo establece que se considera cajeros a aquellos afectados a la cobranza en el establecimiento, de las operaciones de contado y crédito, mediante la recepción de dinero en efectivo y/o valores y conversión de valores a los fines de su remuneración se considerará:
- a) cajeros/as que cumplan únicamente operaciones de contado y/o crédito;
- b) cajeros/as que cumplan la tarea de cobrar operaciones de contado y crédito y además desempeñen áreas administrativas afines a la caja o de empaque;
- c) cajeros/as de entidades financieras.
Aqui les acercamos las escalas salariales de empleados de comercio en la categoria Cajeros
(haga click en la imagen para verla mejor)
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2 Comentarios »
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Hola soy cajera en una carniceria por la manana de 7.30 a 13 hs cuanto me tienen q pagar? Y los feriados cuanto deberia pagarme?
Gracias
Comentario por Gisela — 9 mayo, 2011 #
Los empleados que son data-entry, en que escala y/o categoria se encuadran?
Comentario por ana — 13 mayo, 2011 #