Asignaciones Familiares para Desempleados
Nuevamente pueden consultar el cobro mensual Octubre, los desempleados y desempleadas que tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo según la fecha en que les corresponda cobrar la prestación por desempleo mensual Octubre-todavía vigente mensual Septiembre-. Pueden consultar el nuevo Cronograma Pago Plan PROGRESAR Octubre 2014 aquellos que tengan derecho a cobrar la prestación siendo beneficiarios del Plan Progresar o de la Prestación por Desempleo que paga la Anses si cumplen con los requisitos para cobrar la Prestación por Desempleo. Los que cobran por primera vez deben saber que es por orden de terminación del DNI para cobrar por ANSES.
Calendario de Pago Prestación por Desempleo Octubre 2014
Desempleados
Plan 2 – Septiembre 2014
Fecha | Documentos terminados en |
---|---|
03-10-2014 | 0 y 1 |
03-10-2014 | 2 y 3 |
03-10-2014 | 4 y 5 |
03-10-2014 | 6 y 7 |
03-10-2014 | 8 y 9 |
08-10-2014 | Todas las terminaciones |
Plan 1 – Octubre 2014
Fecha | Documentos terminados en |
---|---|
23-10-2014 | 0 y 1 |
24-10-2014 | 2 y 3 |
27-10-2014 | 4 y 5 |
28-10-2014 | 6 y 7 |
29-10-2014 | 8 y 9 |
10-11-2014 | Todas las terminaciones |
ANSES recuerda a los titulares de la Prestación por Desempleo respetar el calendario de pago a fin de evitarles posibles molestias y poder mejorar la calidad de la atención en la sucursal bancaria.
Desempleados
Al iniciarse el pago, Anses solicita a cada titular de la Prestación por Desempleo que respeten el calendario de pago para evitarles molestias y mejorar la calidad de la atención en la sucursal bancaria. Por lo que los Titulares de la Prestación por Desempleo, deben respetar el calendario de pago y presentarse según el número de terminación de DNI que les permiten cobrar en fecha y evitar molestias para una mejor atención en la sucursal bancaria que les corresponda cobrar mensualmente.
Consultar el Calendario de Pago Prestación por Desempleo:
Los desempleados pueden consultar el Calendario de Pago. Los que cumplan con las condiciones para cobrar la Prestación por Desempleo debiendo recordar una vez más respetar la terminación del Documento de Identidad (DNI) como figura en esta tabla. Los titulares podrán nuevamente según el calendario de pago y tener el dinero de la Prestación por Desempleo para el gasto que deban.
Los beneficiarios deben guiarse por el calendario de pago que les permite cobrar en la fecha correspondiente siempre según el orden aplicado por ANSES lo que faciliatará y evitará el que pierdan el día en que no les corresponde y si se suma a varios en la misma fila generan sin quererlo que pierdan el tiempo los beneficiarios que sí les corresponde cobrar cuando podrían ahorrarse media hora o más en las sucursales bancarias.
Los desempleados que cumplan con los requisitos para cobrar la Prestación por Desempleo, deben seguir el orden de terminación de su Documento Nacional de Identidad (DNI) según el Calendario Mensual publicado por ANSES. Al iniciar el mes os beneficiados pueden cobrar a partir del calendario de pago y en la sucursal bancaria que les fue asignada para cobrar la prestación por desempleo mensual.
Derechos:
Los que trabajen bajo relación de dependencia y sufrieran el despido, les asiste el derecho a cobrar la Prestación por Desempleo como lo establece la Ley Nº 24.013. Dicha ley establece que la protección por desempleo está conformada por:
-Una Prestación económica por desempleo
-Por la Prestación médico-asistencial de acuerdo
-Por el pago de Asignaciones Familiares
-Por el cómputo del período de las prestaciones a los efectos previsionales.
Para poder iniciar el trámite, primero tienen que solicitar un turno por Internet ingresando en la Sección Trámites en Línea, o llamar al teléfono gratuito 130 de lunes a viernes de 8 a 20hs. No pueden realizar la solicitud por correo o por medio de otras personas ya que el tramite de la prestación es personal por lo que el trabajador dispone de 90 días hábiles para solicitar la prestación desde la fecha del despido de la relación laboral. Una vez pasado el plazo que fue establecido para estos casos, por cada día hábil transcurrido se les descontará 1 día de la prestación.