¿Como tramitar la Licencia por Maternidad?

Como ya sabemos, toda mujer trabajadora tiene derecho a una licencia por maternidad, esto una licencia paga por un periodo de 90 días  gozados 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto, pudiendo también ejercer la opción de hacer uso de la misma 30 días antes y 60 días después de la fecha probable de parto.
Para poder cobrar esta licencia por maternidad la trabajadora deberá hacer un tramite ante ANSES, el organismo encargado de abonar la remuneración bruta de la trabajadora durante esta licencia.
Así, la Licencia por Maternidad es una de las Asignaciones Familiares que tiene a cargo el ANSES, y consiste en el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir a la trabajadora durante el período de Licencia Legal en el empleo con motivo del parto.
Cabe aclarar que esta Asignación Familiar la cobran las trabajadoras en relación de dependencia o beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Cuando la trabajadora se desempeña en más de un empleo, tiene derecho a la percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos. En el caso de remuneraciones variables se tiene en cuenta para determinar el monto de esta Asignación Familiar el promedio de las remuneraciones percibidas durante el período de tres meses anteriores al comienzo de la Licencia por Maternidad.
Para tramitar la Licencia por Maternidad deberá seguir los siguientes pasos:

  • Solicitar un turno comunicándose con el número telefónico gratuito 130 o en la sección Trámites en línea, desde aquí >>
  • Presentar la documentación requerida ante ANSES, hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad o Licencia por Maternidad Down.
Es importante que para solicitar esta prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES. Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.

Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante su empleador quien deberá informarlas a través del Programa “Mi Simplificación” de AFIP.
Asimismo, para poder cobrar esta licencia deberá reunir los siguientes requisitos:
  • Ser trabajadora en relación de dependencia en una empresa incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares o una beneficiaria de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares.
  • Contar con una antigüedad mínima y continuada en cada uno de los empleos de tres (3) meses a la fecha de inicio de la Licencia por Maternidad.
    La trabajadora que logra la antigüedad con posterioridad a la fecha en que inició la Licencia por Maternidad percibe esta Asignación Familiar por los días que le resten gozar de la Licencia pre-parto y/o post-parto, a partir de la fecha en que alcanzó la antigüedad requerida. La trabajadora permanente debe encontrarse en relación de dependencia al momento de comenzar la Licencia por Maternidad. La trabajadora de temporada debe estar con prestación efectiva de servicios al momento de iniciar la Licencia por Maternidad.
  • Corresponde el pago de la Asignación Familiar por Maternidad en los siguientes casos:
    • Interrupción del embarazo, siempre que éste tuviera lugar cumplidos los ciento ochenta (180) días de gestación.
    • Alumbramiento sin vida.
    • Nacimiento anticipado durante la Licencia pre-parto: los días faltantes se adicionan al período post-parto.
    • Nacimiento con vida anterior al inicio de la Licencia pre-parto, por los noventa (90) días de la Licencia post-parto.
    • Nacimiento a término en el cual no se haya iniciado la Licencia por Maternidad por no haberse denunciado el estado de embarazo, por los cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto.

Además, para las trabajadoras de temporada:

  • Cuando el período de Licencia pre-parto se hubiere iniciado durante la temporada, a pesar de la finalización de ésta.
  • Cuando se inicie la Licencia pre-parto dentro del período en el que se encuentre gozando de la Licencia Anual Ordinaria.
Documentación a presentar
  • Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad. El Rubro 6 – “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por copia autenticada por el empleador del certificado médico con el que la trabajadora le notificó su estado de embarazo y le solicitó la Licencia por Maternidad.
  • Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o de Defunción: Debe ser presentado dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo.

En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico.

Asignación Familiar por Maternidad Down:

  • Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” por cada uno de los empleos ante una Unidad de Atención de ANSES hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad Down. El Rubro 7 – “Exclusivo Maternidad Down” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro.

 

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