Escala Salarial y Salario por Hora Servicio Domestico 2018-2019: Actualizado

Escala Salarial y Salario por Hora Servicio Domestico 2018-2019: Actualizado. Las empleadas domésticas y el personal doméstico en general y que no son empleados públicos precisamente…., disponen de la nueva escala salarial Servicio Doméstico 2018-2019, a partir de la paritaria 2018 dejando atrás el aumento logrado y que regía hasta Junio  de 2018, por la paritaria salarial 2017. Ya quedó publicado en el Boletín Oficial el acuerdo firmado en el Ministerio de Trabajo por la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Este articulo les permite saber cuánto les corresponde ganar y saber si el salario como empleadas domésticas es el que les corresponde cobrar tanto en lo que hace al sueldo básico, como el salario mínimo y el salario por horapueden cobrar un salario por 8 horas, salario por 6 horas y un salario por 4 horas- con lo que así poder reclamar dentro sus derechos laborales que les fueron mejorados y ampliados.

Escala Salarial y Salario por Hora Servicio Domestico 2018-2019: Actualizado

Porcentaje de Aumento:

Un total de un 25%

Cómo se Paga:

Se divide en un 12%, retroactivo al 1 de Julio de 2018

Un 5%, a partir del 1 de Septiembre de 2018

Un 5%, a partir del 1 de Diciembre 2018

Un 3%, a partir del 1 de Marzo 2019*

*Se estableció una cláusula de revisión, respecto a la evolución hasta ese mes del costo de vida y la inflación.

Plus por Zona Desfavorable (Sur del País):

Aumenta el 25%

A partir del 1º de Julio de 2018.

El Viernes 10 de Agosto de 2018, a las 11 hs., es la firma del acta definitiva.

Además el gremio solicitó -figurando dicho pedido-, que ninguna remuneración del personal de casas particulares, no sea menor al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

 

UPACP Escala Salarial 

Categorías y Sueldos Básicos (Mínimos) desde 1° Septiembre 2018

Escala Salarial Servicio Doméstico 2018-2019

PRIMERA CATEGORÍA CON RETIRO SIN RETIRO
SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Hora: $101,00
Mensual: $12.684,00
Hora: $110,50
Mensual: $14.129,00
SEGUNDA CATEGORÍA CON RETIRO SIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Hora: $95,50
Mensual: $11.784,00
Hora: $105,00
Mensual: $13.117,50
TERCERA CATEGORÍA
CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $89,50
Mensual: $11.497,00
CUARTA CATEGORÍA CON RETIRO SIN RETIRO
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Hora: $89,50
Mensual: $11.497,00
Hora: $101,00
Mensual: $12.813,00
QUINTA CATEGORÍA CON RETIRO SIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Hora: $84,00
Mensual: $10.339,50
Hora: $89,50
Mensual: $11.497,00

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al (25%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Escalas salariales de casas particulares 2018 CNTCP N°1/18

 


 
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CATEGORIAS Y SUELDOS BÁSICOS (MÍNIMOS) A PARTIR DEL
1° DE JULIO DE 2018*

* Valores calculados por UPACP (que el Ministerio de Trabajo los publicara a partir del 10/08/2018), que regirán desde el 1º de Julio, hasta el 31 de Agosto de 2018; y que se trata de los valores básicos (los mínimos que corresponden por cada categoría)

PRIMERA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Hora: $96,88
Mensual: $12.141,92
Hora: $105,84
Mensual: $13.525,12
SEGUNDA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Hora: $91,28
Mensual: $11.280,64
Hora: $100,24
Mensual: $12.556,88
TERCERA CATEGORIA
CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $ 85,68
Mensual: $ 11.005,68
CUARTA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Hora: $85,68
Mensual: $11.005,68
Hora: $96,88
Mensual: $12.265,12
QUINTA CATEGORIA CON RETIRO SIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Hora: $80,08
Mensual: $9.897,44
Hora: $85,68
Mensual: $11.005,68

 
El personal que realice tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
* El plus por Zona desfavorable (sur del país) pasa a ser un 25% más respecto de cada incremento
 

Escala Salarial: Adicional por Zona Desfavorable

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al (25%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de:
La Pampa
Río Negro
Chubut
Neuquén
Santa Cruz
Tierra del Fuego
Antártida
Islas del Atlántico Sur
O en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
 


 

Categoría 1: Supervisora

Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
Personal Con Retiro
Personal Sin Retiro

Categoría 2: Personal Tareas Específicas:

Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.

Categoría 3: Caseros:

Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

Categoría 4: Asistencia y Cuidado de Personas

Tareas de asistencia y cuidado no terapéutico de personas como: personas enfermas, con discapacidad. Niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Personal Con Retiro
Personal Sin Retiro

Categoría 5: Personal para Tareas Generales

Tareas de Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Personal Con Retiro
Personal Sin Retiro

Paritarias Servicio Doméstico:

Nuevamente los costos suben para los empleadores de casas particulares, con el aumento del salario mínimo, además del salario por hora y el sueldo básico del servicio doméstico en general la suba de las horas trabajadas por lo que deberán hacer nuevos cálculos sobre los nuevos costos para contratar una empleada doméstica además de las obligaciones, el saber cuanto cobran de sueldo las empleadas domésticas y el salario mínimo como el caso del salario de la empleada doméstica por hora con y sin retiro por 8, 6 y 4 horas por día y semana.

De forma semestral se dan los aumentos salariales. Se trata de un acuerdo salarial histórico a partir de lo que fue la primera paritaria del servicio doméstico de la que participan el Ministerio de Trabajo de la Nación, y los sindicatos de trabajadores del servicio doméstico, en Córdoba como la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), una de las entidades que negoció en la mesa tripartita paritaria.

El Sindicato de Personal de Casas de Familia de Córdoba (Sinpecaf), es uno de los gremios del sector, comunicó vía comunicado la novedad mediante la Resolución 939, la creación de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP). La CNTCP está integrada por representantes del Estado, empleadores y trabajadores y su principal función es determinar y actualizar el salario mínimo del servicio doméstico. Lo que significa un gran cambio ya que hasta 2014, la escala salarial la establecia provisoriamente el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Empleadores Casas Particulares:

Por el lado de los empleadores, estos pueden saber si les están pagando correctamente a sus empleadas/os domésticas/os además de los derechos que les corresponda dentro de estos están un salario acorde a lo que establece la ley laboral del sector para las empleada domésticas y personal en general; como ser el salario por hora que puede ser con y sin retiro y por 8, 6 o 4 horas al día, esto les da un panorama sobre cuánto en salario les puede llegar a costar pagar el sueldo de las empleadas domésticas y el salario mínimo de la empleada doméstica o del personal de servicio doméstico.

Aportes y Contribuciones Personal Doméstico:

En los aportes y contribuciones para el personal doméstico, también se dan aumentos de aportes y contribuciones al personal doméstico para la obra social que debe pagar el empleador por jubilación y cobertura de salud de la empleada doméstica.

Las remuneraciones de las empleadas del Servicio Domestico se clasifican en cinco categorías, según la tarea, la cantidad de horas trabajadas y el hecho de que el trabajador permanezca o no en el domicilio donde cumple funciones. Recordamos que estos sueldos para trabajadores en casa de familia y sin ningún lucro o beneficio económico al empleador. Las remuneraciones mínimas para el Servicio Doméstico dependen de la actividad desarrollada y si el trabajador es con ó sin retiro del hogar.

Empleadas Domésticas Menores de 16 Años:

La nueva ley fija como totalmente prohibido que las menores de 16 años trabajen, y que las empleadas menores de edad -aunque mayores de 16 años-,  tienen varios derechos, teniendo que disponer de un “certificado de aptitud física”, entre sus derechos la jornada laboral “No podrá ser de más de 6 horas al día” y “Ni superar las 36 horas semanales”.

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